Modificaciones a la ley de alcoholes:

Nuevas exigencias a la producción y comercialización de vinos y bebidas alcohólicas

En un esfuerzo por adecuar nuestra legislación a los compromisos internacionales adquiridos por Chile con la suscripción del acuerdo sobre el Comercio de Vino y el acuerdo sobre el Comercio de Bebidas Espirituosas y Bebidas Aromatizadas -suscritos en el marco del acuerdo de Asociación con la Unión Europea-, se dictó la Ley Ley Nº 20.332 que introduce modificaciones a la ley 18.455 sobre producción, elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas, las que se encuentran vigentes en nuestro país desde el 17 de febrero del presente año.

Entre las modificaciones relevantes podemos mencionar la regulación hecha en materia de denominaciones de origen, que suprime expresiones tales como "Grapa", "Cognac" y "Armagnac", las que quedan reservadas a la Unión Europea y que, por lo tanto, ya no podrán utilizarse en productos que no tengan dicha proveniencia.

En el mismo orden de ideas, se modifica nuestra reglamentación sobre etiquetado de los productos afectos a la ley, con el propósito de especificar las menciones obligatorias en las etiquetas, prohibiendo además la inclusión de indicaciones geográficas, denominaciones de origen, expresiones tradicionales o menciones complementarias extranjeras protegidas, que Chile haya reconocido como tales en instrumentos internacionales.

Otra modificación importante lo constituye el aumento de la capacidad fiscalizadora del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y la flexibilización de las normas vigentes en materia de análisis y muestras, las que podrán ser hechas no sólo en los laboratorios del SAG, sino también en aquéllos autorizados por éste.

Por último, se adecuan las sanciones aplicables en caso de infracciones, modificándose la base del rango de multas aplicables, que disminuye a 1 UTM, lo que permitirá una mayor flexibilidad de acuerdo con el tipo y gravedad de la infracción. Con todo, para las infracciones a normas de rotulación establecidas en la citada ley 18.455, el rango de la multa aplicable se eleva al doble.

La armonización de nuestra legislación a los cánones y estándares acordados con la Unión Europea no sólo supone el cumplimiento de compromisos adquiridos, sino que, más importante aún, conforma un escenario normativo que permitirá la creación de un mercado que funcione sobre la base de reglas claras y estables, facilitándose así un mayor intercambio comercial entre Chile y la Unión Europea.

Alessandri & Compañía asesora a Vinos de Chile / Wines of Chile y a más de 15 de las viñas más importantes de Chile.

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Amendments to the Law on Alcohols:

New demands on the production and trade of wines and alcoholic beverages

In an effort to make ours laws conform to the international commitments undertaken by Chile when subscribing the Wine Trade Agreement and the Spirits and Aromatized Drinks Trade Agreement -signed within the framework of the Association Agreement with the European Union - Chile enacted Law No. 20,332 introducing amendments to Law No. 18,455 on the production, elaboration and trade of alcoholic beverages, effective in our country since February 17 of this year.

Among the more relevant amendments we may mention the norms on designations of origin, which eliminate expressions such as "Grapa", "Cognac" and "Armagnac", which are reserved for the European Union and, consequently, may no longer be used in products originated elsewhere.

In the same order of ideas, the new law modifies our regulations on the labeling of the products covered by it, specifying the mandatory items to be included in said labels and forbidding any inclusion of geographic indications, designations of origin, traditional expressions or protected foreign complementary mentions, previously recognized as such by Chile in international instruments.

Another significant amendment increases the supervisory authority of the Agriculture and Livestock Service (Servicio Agrícola y Ganadero, SAG) and makes more flexible the current norms on analyses and sample taking, which may be carried out not only by SAG laboratories but also by laboratories authorized by the same.

Finally, changes are introduced to the penalties on infringements, modifying the basis for the applicable fines' range, which comes down to 1 UTM. This will provide greater flexibility in accordance with infringement type and severity. In all, the applicable fine range is doubled for breaches of the labeling norms stipulated in Law No. 18,455.

The harmonization of our legal system to the precepts and standards agreed with the European Union not only involves meeting our prior commitments, but, even more significantly, sets up a regulatory scenario that will create a market operating on the basis of clear and stable rules, thereby facilitating increased trade between Chile and the European Union.

Alessandri & Compañía provides counsel to Vinos de Chile / Wines of Chile and to more than 15 leading Chilean vineyards.

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