Archive for the 'Prensa Nacional' Category

La famosa lista roja. Columna de Rodrigo Velasco Alessandri en Pulso

Todos los años, la Oficina de Comercio de EEUU publica una lista con los países que, según esa entidad, incumplen acuerdos internacionales al no proteger los derechos de propiedad intelectual.

Todos los años, la Oficina de Comercio de EEUU publica una lista con los países que, según esa entidad, incumplen acuerdos internacionales al no proteger los derechos de propiedad intelectual. Año tras año Chile es incluido en esa “lista de observación prioritaria”, comúnmente llamada “lista roja”. Y año a año -vamos por el octavo-, se repiten las mismas quejas y alharacas, con pirotécnicas declaraciones y golpeaduras de pecho que aseguran que Chile ha hecho todo lo necesario para cumplir sus compromisos comerciales, y en particular el TLC con ese país. Pero el reclamo yanqui es claro: en la práctica, Chile permite que algunos laboratorios vendan copias de medicamentos patentados y accedan a los datos de prueba de las drogas innovadoras (para efectos de hacer esas copias). Nadie lo niega tampoco, pues implicaría aceptar someternos a la prueba de la blancura. Por el contrario, se argumenta que el ISP no podría fiscalizarlo al aprobar nuevos productos, o que hacerlo impactaría el precio de los medicamentos. Vale decir, en Chile optaríamos por incumplir este punto, desconociendo las patentes farmacéuticas por razones económicas. Es absurdo entonces hacernos los dolidos, asegurando que no entendemos cómo ni por qué incumpliríamos el TLC, si éste dice textualmente que respecto de los fármacos, Chile “deberá negar la autorización de comercialización a cualquier tercero antes del vencimiento del plazo de la patente”. Dejemos de ser hipócritas, fingiendo que el compromiso del tratado fue distinto, o atribuible a una negociación negligente en que se acordó algo pero se dejó otra cosa por escrito. Si se quieren adoptar políticas de salud para limitar las patentes en casos de interés público, Chile tiene las herramientas para hacerlo. Pero no podemos seguir hablando de medidas pro innovación y encubriendo esta política de vista gorda proteccionista, que asegura el negocio de los grandes laboratorios chilenos (hoy multinacionales), para luego escandalizarnos y rasgar vestiduras cada mayo, cuando nos recuerdan que seguimos al debe.

Raúl Montero en Capital Legal

Capital Legal, Artículo correspondiente al número 323 (11 al 24 de mayo 2012)

Raúl Montero López
41 años, casado, 2 hijos.
Asociado Senior Alessandri & Compañía Abogados,
Director Área de Litigios

TRAYECTORIA. Abogado de la Universidad de Chile. Es el director del Área de Litigios de Alessandri & Compañía. Trabajó en el grupo Telefónica por casi dieciocho años, diez de los cuales fue Gerente Legal de la dirección de Asuntos Jurídicos. Participó también en diversos proyectos, como la incorporación de capitales privados en las empresas sanitarias, actuando en representación de Corfo. Tiene vasta experiencia en temas corporativos, financieros, administrativos, de dirección y gestión; y en materias judiciales de todo tipo, como arbitrajes civiles y comerciales, resolución de conflictos, derecho de libre competencia, telecomunicaciones y mercados regulados. Además, cuenta con una amplia experiencia académica tanto en la facultad de Derecho de la Universidad de Chile, en la cual se desempeña desde hace 14 años, como en universidades privadas -Del Desarrollo y Finis Terrae-. En todas es profesor de Derecho Procesal, en programas de pre y postrado. Respecto de estos últimos, participa actualmente en un diplomado sobre la reforma Procesal penal para los oficiales de la Escuela de Carabineros de Chile, en el magíster de la reforma procesal civil y en un diplomado de Litigación Oral, entre otros.
PUBLICACIONES RECIENTES. En coautoría con el Director del Departamento de Derecho Procesal de la Universidad de Chile, escribió en 2011 el libro Derecho Procesal Penal.
CASOS RELEVANTES. Ha participado directamente en diversos procesos relevantes, especialmente en materia de telecomunicaciones, asuntos comerciales, seguros, construcción de obras, competencia desleal y libre competencia, responsabilidad civil contractual y extra contractual y diversos arbitrajes.
HOBBIES. Practica regularmente motociclismo.

 

Reforma Tributaria: un esfuerzo adicional para costear educación y un alivio para la clase media. Columna de Cristóbal Riffo en Pulso

Aunque al escribir estas líneas aún no conocemos el detalle de la propuesta del Gobierno, sí sabemos que se pedirá un esfuerzo adicional a las empresas para financiar en un 100% y, en forma permanente, la reforma educacional.

Aunque al escribir estas líneas aún no conocemos el detalle de la propuesta del Gobierno, sí sabemos que se pedirá un esfuerzo adicional a las empresas para financiar en un 100% y, en forma permanente, la reforma educacional. Junto con esto, el Gobierno pretende entregar un alivio tributario a las personas, a las pymes y a la clase media, en palabras textuales del Presidente.

Los independientes y asalariados de clase media, que disponen de escasos mecanismos para bajar su carga impositiva, reducirán la tasa máxima del impuesto global complementario y de segunda categoría. Además se establecería la posibilidad de deducir los gastos en educación de los hijos de la base imponible del impuesto personal. La rebaja del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) también favorecerá a las personas más humildes, que podrán acceder a créditos con menores costos financieros.

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Proyecto de ley de propiedad industrial establece caducidad de marcas por no uso. Marcos Morales en Pulso

Las leyes no suelen seguir la velocidad con la que avanzan la globalización y el cambio tecnológico. Y con un país que tiene la cantidad de acuerdos comerciales que tiene Chile, hay áreas, como la de la propiedad industrial, que han sido sujeto de gran cantidad de revisiones y enmiendas – sólo el TLC con EEUU en 2004 incluía un capítulo completo destinado a la regulación de derechos de propiedad intelectual (que abarca la propiedad industrial y lo que se conoce como derechos de autor). Por eso, Marcos Morales, Vicepresidente de la Asociación Chilena de la Propiedad Intelectual (Achipi) y Director de Marcas y Patentes de Alessandri & Compañía Abogados, destaca que la nueva ley de propiedad industrial que se anunciará hoy por primera vez se hace con un sentido sistémico, armónico. “Vamos a tener una ley a la altura de los tiempos”, dice. “Adecuada a los compromisos pero también reveladora de nuestras necesidades como país”.

Y hay cambios importantes. Uno de los más llamativos es que por primera vez se establece la caducidad de marcas por no uso. Hoy, no es necesario utilizar la marca que se inscribe, basta con renovarla cada 10 años para protegerla. Ahora, poniendo la legislación chilena en línea con la del resto del mundo, se establece que si una marca no se usa durante cinco años va a quedar sujeta a caducidad. Eso resolvería el problema de la inscripción de marcas para bloquear acceso a mercados o de marcas notorias, nacionales y extranjeras, para luego cobrar por el traspaso.

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Engañosa gratuidad: ¿paga Moya?. Columna de Rodrigo Velasco Alessandri

Acceso libre y gratuito para todos. A estas alturas, un cliché de uso multifuncional: podría tratarse de una máxima del acceso a la educación, a la salud, o del acceso a Internet, o a la cultura.

Acceso libre y gratuito para todos. A estas alturas, un cliché de uso multifuncional: podría tratarse de una máxima del acceso a la educación, a la salud, o del acceso a Internet, o a la cultura. Lo cierto es que es fórmula ganadora. Y la razón es más o menos obvia. Si todos los ojos están puestos en el movimiento social y en el activismo de redes ciudadanas, qué podría traer más dividendos que poner a la gente del lado de sus objetivos económicos, más aún en nombre de la libertad y la gratuidad (¡y qué manera de ahorrarle esfuerzos de lobby corporativo!). Así lo hicieron varias empresas de Internet para bajar sus costos al montar negocios de libros y películas, enfrentando al público contra los autores y productoras (y dando un paso atrás si demandaban a usuarios inocentes): acceso libre a la cultura. Y así lo han hecho muchas farmacéuticas para evitarse los costos de investigación, patentamiento y bioequivalencia: acceso libre a los medicamentos genéricos. Si alguien se opone a fines tan altruistas, el antídoto está a la mano: los mayores costos deberán asumirlos los consumidores. Algo así como “defiéndanse y defiéndannos”. Y ojo, que el argumento se repite al hablar de reforma tributaria. Hoy resuena nuevamente con motivo de la ley de televisión digital: acceso libre y gratuito a la televisión abierta. ¿Cuál sería el problema? Es que gratuidad no significa justicia. Tal como es injusto que para mejorar el acceso a la educación dejen de pagarla precisamente alumnos que sí pueden hacerlo, es injusto para los consumidores ignorar la efectividad terapéutica de los medicamentos que toman -so pena de que les suban los precios-, y es injusto para investigadores e innovadores que violen sus patentes, con la misma excusa. Es injusto para los creadores y para sus propios competidores en Internet, que empresas como Megaupload o Cuevana lucren sin pagar licencia. Y es injusto que en nombre del acceso a la TV digital, los canales pretendan ahorrarse los derechos de los artistas o que los operadores eludan pagar por las producciones chilenas.

Alessandri & Compañía suma a experto tributarista

Diario Financiero, 23 de abril de 2012

Barras políticas, campañas bravas. Columna de Rodrigo Velasco Alessandri en Pulso

Postergado por décadas de hipocresía y verdades a medias, el problema de las barras bravas en los estadios ha resurgido con inusual protagonismo.

Postergado por décadas de hipocresía y verdades a medias, el problema de las barras bravas en los estadios ha resurgido con inusual protagonismo. Si hasta hace pocos meses se rasgaban vestiduras simplemente porque el presidente de un club aceptaba mantener conversaciones con la barra del equipo, hoy se ha sincerado no sólo que existen vínculos con las directivas, sino incluso financiamiento y apoyo. ¿Por qué deberíamos sorprendernos? ¿Qué tiene de raro que un club deportivo tenga una barra oficial a la cual respalda? Muy por el contrario, lo extraño es pretender que las barras desaparezcan, se prohíban, en lugar de castigar y hacernos cargo de los actos de delincuencia que sus integrantes cometen. El vandalismo, las amenazas, la violencia y los daños a la propiedad pública y privada sólo se terminarán aplicando todo el rigor de la ley a quienes escondidos en la masa pretenden adueñarse de los partidos, en desmedro del resto de los aficionados. Y los propios clubes son quienes están en la mejor posición para evitar que con sus recursos se cometan tropelías, denunciando a quienes persistan en su pretensión de ilegítimo poder y fuerza. Algo muy similar a lo que debe imperar en el partido más importante de todos: las campañas políticas. Si hoy se habla incluso del reclutamiento de barristas por parte de los comandos electorales -y aun cuando aquello fuera algo excepcional-, la transparencia en la gestión, financiamiento y responsabilidad por las acciones de comandos y brigadistas de uno u otro bando debe imponerse, tras muchos años de opacidades y reglas poco claras. Es de esperar que las recientes declaraciones de políticos y líderes de opinión acerca de la necesaria regulación del financiamiento de la política, no queden sólo en buenas intenciones, sino que se establezcan mecanismos eficientes para garantizar claridad y fiscalización en las finanzas de las campañas. Regular el financiamiento de la política es la única manera de asegurar un juego limpio e igualitario, para todos los equipos que se enfrenten en el campeonato de las políticas públicas.

Pulso, 17 de abril 2012.

mailspublicos@estado.gob.cl. Columna de Rodrigo Velasco Alessandri en Pulso

La decisión del Consejo de Transparencia sobre el supuesto carácter público de la correspondencia de un ministro, marcará un antes y un después en materia de políticas de privacidad de correos electrónicos.

La decisión del Consejo de Transparencia sobre el supuesto carácter público de la correspondencia de un ministro, marcará un antes y un después en materia de políticas de privacidad de correos electrónicos. En el sector privado, los tribunales han resuelto que los mails de un trabajador sí pueden ser considerados personales -quedando vedados, por ende, del escrutinio arbitrario del empleador-, salvo que las políticas mismas de la empresa indiquen lo contrario, sea por medio del contrato de trabajo o el reglamento interno. En el fondo, debe existir un aviso previo para que el usuario sepa que la empresa podría acceder a su correspondencia. Reglas claras. Y hasta ahora, la única excepción estaba dada por una orden judicial: a partir de la recordada incautación de computadores del Ministerio del OOPP, ordenada por la jueza Chevesich, estas diligencias ya son hoy pan de cada día. Pero de ratificarse este nuevo criterio, las consecuencias serían mucho mayores.

Todo ciudadano tendría derecho a conocer los mails de cualquier funcionario público, invirtiendo excepcionalmente el paradigma a los casos en que puedan esgrimirse razones de interés o seguridad del Estado. Pero no sólo eso. Si los mails de una casilla “.gob.cl” son de interés público, su propiedad correspondería al Estado, y serían asequibles no sólo por superiores o sucesores en el cargo, sino por las autoridades de la siguiente administración, ¿incluyendo entonces el deber de no borrarlos ni alterarlos? Imagínese la relevancia de este potencial registro público de mails, tanto para la fiscalización de cualquiera de los poderes del Estado, como para los gobiernos venideros, respecto de la correspondencia anterior de las mismas carteras. Lo evidentemente dudoso es que en este caso las reglas hayan sido claras, y que la incorporación de un ciudadano al Estado lo despoje ipso facto de su derecho a la inviolabilidad de correspondencia, sin aviso alguno. Por lo pronto, todo indica que el intercambio habitual entre funcionarios de gobierno, parlamentarios y jueces, se trasladará de inmediato a GMail u otras casillas electrónicas privadas.

Rodrigo Velasco en Estrategia Legal: Quién Gana con la Simplificación del Registro de Marcas

Rodrigo Velasco

Quién Gana con la Simplificación del Registro de Marcas

Estrategia Legal, 31 de enero de 2012.

 
 
 

 El abogado Rodrigo Velasco, socio de Alessandri & Compañía, analiza la reciente aprobación de la Ley de Marcas y Patentes, cuyo propósito es estandarizar y mejorar el proceso de solicitud de estas, adecuando la legislación a los tratados internacionales suscritos por Chile sobre la materia.

—¿Se afecta la certeza jurídica al eliminar la obligación de suscribir ante notario actos relacionados con la propiedad industrial?
—Los actos jurídicos sobre derechos de propiedad industrial están sujetos a formalidades especiales, y ello se debe a que estos derechos recaen sobre bienes inmateriales carentes de corporalidad. Por lo mismo, existe desde el siglo XIX un sistema registral que da certeza a la existencia y contenido de estos derechos. Coherentemente, la certeza acerca del contenido y fecha de los actos jurídicos sobre derechos de propiedad industrial sólo puede lograrse a través de adecuadas formalidades para tales actos, que conforme a la ley deben ser otorgados mediante documento privado firmado ante notario. Antes, incluso, se exigía escritura pública, igual que para los bienes raíces. Sin embargo, el proyecto aprobado por el Congreso Nacional elimina innecesariamente la formalidad de la firma ante notario, dejando a esos actos desprovistos de la certeza que implica su suscripción ante un ministro de fe. El problema se presentará en los futuros estudios de títulos de marcas, cuando lo único que exista para ello sean simples documentos privados carentes de formalidades adicionales.

—¿Cuál es la importancia del marco normativo?
—El marco normativo de esta reforma son los referidos tratados TLT (Trademark Law Treaty)  y PCT (Patent Cooperation  Treaty) frente a la actual Ley de Propiedad Industrial. Se supone que debe existir una coherencia entre tales tratados y el contenido de la reforma aprobada. Sin embargo, la señalada eliminación de la firma ante notario no viene contemplada ni se deriva de ninguno de dichos tratados. El TLT sólo tiene por objeto simplificar ciertos trámites de registro de marcas, mientras que los actos jurídicos sobre marcas registradas son independientes y cronológicamente anteriores o posteriores, nunca coetáneos, a los trámites administrativos que se realizan ante Inapi. Por tanto, en este punto específico el proyecto aprobado va más allá del tratado que motiva esta reforma y es un retroceso con relación a lo existente.

—¿Qué campos abarca el cambio?
—La reforma elimina la formalidad de la firma ante notario para todas las demás categorías de propiedad industrial, afectando así los derechos sobre patentes de invenciones y diseños, indicaciones geográficas y denominaciones de origen. Esta modificación le baja violentamente el rango a los contratos de compraventa de marcas, por ejemplo, lo que sin duda acarreará problemas. La buena fe en estas materias funciona bien en los países anglosajones, pero dudo que pueda con la “viveza criolla”.

— ¿Quiénes se benefician con esta normativa?
—Los mayores beneficiados serán los solicitantes de registros de marcas, ya que en general se simplifica el procedimiento en varios aspectos.

Derechos Marcarios

— ¿Qué derechos otorga la marca registrada?
—El titular de una marca registrada detenta básicamente un derecho de exclusividad protegido con rango constitucional como derecho de propiedad. Es un monopolio legal. Por lo mismo, puede impedir, mediante el ejercicio de acciones civiles y penales, el uso de ese signo por parte de terceros en tanto esté aplicado a los mismos productos o servicios a los que se extiende el derecho de marca.

Registrar una marca será más simple y expedito. Entrevista a Loreto Bresky en Pulso.

Pulso, 16 de enero de 2012.

Destacado Loreto Bresky

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